Bonificaciones en las plusvalías por herencia
Ya ha entrado en vigor la modificación de la Ordenanza Municipal que establece bonificaciones por este concepto. Aquí dejamos extracto del acuerdo, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia:
“ORDENANZA NÚMERO 20, ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
Artículo 14
(...) Se establece una bonificación del 90 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las
transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitati-
vos del dominio, realizados a titulo lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y
adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.”